En quesabesde.com, Eduardo Parra ha hecho una entrevista a Enric Enrich que es abogado especializado en derechos de autor y de imagen, muy interesante y vale la pena leersela para estar al dia en derechos de autor de fotografia.
“Sólo por el hecho de crearse, ya se generan sus derechos“
Un extracto:
Últimamente, las cámaras digitales han supuesto una revolución. Todo el mundo lleva su cámara en el bolsillo y fotografía lo que le parece. ¿Qué ocurre con la gente que sale en esas fotos, muchas veces sin enterarse, y que luego es posible que vea su imagen en Internet?
Toda persona tiene derecho, por ley, a usar y controlar su imagen. Se considera una intromisión ilegítima al derecho a la propia imagen la publicación de la fotografía de una persona en cualquier lugar, público o privado, sin su consentimiento. Sólo puede publicarse dicha fotografía sin su consentimiento si ésta tiene un interés histórico, científico o cultural, o si es de un personaje público que está en un lugar público.
¿Una fotografía nace con derechos de autor o hay que registrarla de algún modo?
Sólo por el hecho de crearse, ya se generan sus derechos. No obstante, conviene registrarla en el registro de la propiedad intelectual , lo cual dará fe frente a terceros de la fecha de creación y de su supuesto autor.
Pero si yo vendo la fotografía a un periódico, para mí el interés sí es comercial…
Pero el fin último es informar, y la persona aparece incidentalmente. De modo que no hay nada que reclamar.
Para leerla completa, www.quesabesde.com
